LA SOCIEDAD CASCO ANTIGUO, O la extinción de tus derechos por vía municipal

Todos hemos oído hablar de esta oscura sociedad pero pocos conocemos sus estatutos, para aquellos que quiera conocer su funcionamiento. La «Sociedad Casco Antiguo» es una sociedad con participación exclusiva del Ayuntamiento de Cartagena, que parte de un capital inicial de 10 millones de las antiguas pesetas y en el artículo primero de sus estatutos establece que dicha sociedad tendrá carácter de compañía mercantil anónima pero que asume el carácter de las llamadas sociedades municipales, consta de:

1º – Junta General, presidida por la alcaldesa y compuesta por todos los concejales

2º – El Consejo de Administración, órgano ejecutivo, elegido por los miembros de la Junta General quien tiene entre otras atribuciones , dirigir, organizar, contratar, despedir, fijar las funciones y remuneraciones ,enajenar, hipotecar, intervenir en subastas, pudiendo formular, notificar o retirar posturas. En resumen, el Ayuntamiento puede funcionar como una sociedad mercantil, atribuyéndose las características propias de una empresa privada a una entidad pública con lo cual dicha sociedad:

Proyecta, tramita aprueba y gestiona todo el proceso urbanístico. Para la realización de estos objetivos, la Sociedad Casco Antiguo podrá:

– Adquirir, modificar y extinguir toda clase de derechos sobre bienes muebles e inmuebles en orden a la edificación y aprovechamiento del área de actuación.

– Enajenar, incluso anticipadamente, las parcelas que darán lugar a los solares para asegurar su edificación.

– Tener la consideración de beneficiaria de las expropiaciones que aplique el Ayuntamiento (o sea la sociedad de constitución municipal, expropia y al mismo tiempo es la beneficiaria de dicha expropiación.)

– La sociedad tiene su domicilio en Cartagena, calle Sor Francisca Armendáriz, nº 6, (supongo que ahora en C/ San Miguel)

– La Sociedad tendrá una duración indefinida.

– El Capital social es titularidad del Ayuntamiento.

– Esta Sociedad Casco Antiguo es una sociedad de capital íntegramente municipal por lo que el Ayuntamiento Pleno de Cartagena, ejercerá las funciones de Junta General y nombrará a los miembros del Concejo de administración entre 5 y nueve miembros de la Junta General.

– Para que nos entendamos, esta sociedad esta presidida por la alcaldesa, y forman parte de la junta todos los concejales que tiene representación municipal pero el órgano ejecutor de esta sociedad, son los miembros que la junta general decide, es decir, la mayoría serán miembros del equipo de gobierno en curso.

– Este equipo es el que te echa de tu casa con cualquier excusa, recordemos «El barrio Universitario» que puede ser cualquier cosa menos eso, un barrio universitario, te da por tu vivienda lo que estimen oportuno, «una nimiedad y entre La presidenta » Doña Pilar y su amigo el exacalde socialista se montan el negocio.

Milagros Viqueira

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