Preguntas sobre el Monasterio de San Ginés de la Jara

En los últimos meses se han producido actuaciones por parte de las oposición, asociaciones ciudadanas y de personas físicas dirigidas a impeler a este Ayuntamiento en la restauración y protección del BIC Monasterio de San Ginés de la Jara.

 

Dentro de esas actuaciones nos encontramos con las de una ciudadana cartagenera, Dª. María Dolores Ruiz, que desde el 25 de Junio del 2012 realiza varios escritos a la Administración y el día 14 de Enero de 2013 recibe oficio de este Ayuntamiento en la persona de la Jefe del Servicio Jurídico-Administrativo de Gestión Urbanística, Dª María Jesús Salazar Balboa, comunicándole que la empresa “Arquitectura Trabajos de  Restauración y Arqueología, S.L.” ha sido contratada por HANSA URBANA, S.A. para llevar a cabo las labores de asistencia técnica y dirección de la obra de RESTAURACIÓN del Monasterio de San Ginés, con designación del Equipo Técnico correspondiente, encargado de ejecutar las obras.

 

Con anterioridad, el día 27 de noviembre de 2012, ya se había enviado un requerimiento desde la oficina del Defensor del Pueblo de la región de Murcia a este Ayuntamiento, como consecuencia de las diferentes denuncias ciudadanas presentadas en ese organismo, dónde se le hacía al Ayuntamiento un “Recordatorio del deber legal” con el citado BIC.

 

En cumplimiento de la Ley de la Región de murcia 14/2012 de 27 de diciembre, de reordenación del sector público regional, se suprime el Defensor del Pueblo regional, por lo que este organismo remite el expediente de San Ginés de la Jara al Defensor del Pueblo nacional al haberse excedido el plazo de 30 días que la ley orgánica 1981 del Defensor del Pueblo habilita para atender sus requerimientos. Por consiguiente,  el  13 de marzo de 2013  el Defensor del pueblo nacional se ve nuevamente obligado   a recordar a este Ayuntamiento sus deberes legales  para con el patrimonio y dice textualmente:

 

 

El incumplimiento del compromiso de restaurar y conservar el Monasterio de san Ginés de la Jara asumido por el urbanizador de la Unidad de Actuación Única del Plan parcial San Ginés de la Jara, no debe retrasar o impedir la efectiva realización de las obras, correspondiendo, al Ayuntamiento de Cartagena la asunción de esta responsabilidad como titular del bien, sin perjuicio de su derecho a repercutir los gastos ocasionados contra quien corresponda, y a la Dirección General de Patrimonio urgirle para su ejecución, bajo apercibimiento de ejecución subsidiaria en los términos establecidos por la Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Región de murcia”.

 

Desde la Junta de Gobierno del  día 27 de Abril de 2012 hasta la fecha el Monasterio sigue estando abocado por su propietario y por su poseedor a la ruina, cuestión ésta reiteradamente esgrimida por  los propios inspectores de urbanismo de este Excmo. Ayuntamiento que recomiendan una URGENTE RESTAURACIÓN DEL BIC en todos sus informes para evitar mayores daños en el mismo o su pérdida total. Cuestión ésta que no debería ser dejada a la libre elección de una empresa privada cuyos intereses legítimos, al a vista de su nula actuación en el mismo durante cinco años no deja de ser meramente mercantilista.

 

Observando la sucesión de los hechos, los requerimientos que desde dos oficinas del Defensor del Pueblo y los sistemáticos silencios de este Ayuntamiento, preguntamos:

 

-¿Por qué se atiende el requerimiento de una ciudadana dándole respuesta y no son atendidos los diferentes requerimiento realizados desde sendas oficinas del Defensor del Pueblo?

-¿No les causa rubor el dejar el nombre de nuestra ciudad por los suelos, al no contestar en tiempo y forma al Defensor del Pueblo?

-¿Cuándo piensa el Ayuntamiento sacar a la luz pública los plazos estimados de restauración, las diferentes partes del proyecto desglosadas como piden los defensores del pueblo y reclaman los ciudadanos?

– ¿Cuántos requerimientos formales, no VERBALES, como expuso el Ilmo. Concejal de Urbanismo D. Joaquín Segado en la Junta de Gobierno del día 27 de Abril del año 2012 se han hecho a Hansa Urbana desde el año 2007?

-¿Quien asumirá los destrozos que se han producido en el Monasterio desde el año 2007 hasta la fecha, causados por la dejación de funciones de su propietario, es decir el Ayuntamiento de Cartagena?

 

– ¿Es legítimo priorizar un convenio urbanístico , que no deja de ser un contrato privado por más que una de las partes sea la administración, a leyes como la Constitución, la ley de patrimonio de la Región de Murcia, el Decreto Legislativo de la Ley del suelo y demás?

-¿Le consta al Ayuntamiento la desaparición de bienes muebles desde que la propiedad pasó a ser suya?

 

 

 

Cartagena a 25 de marzo de 2013

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