El jefe de los Servicios Jurídicos municipales llevaría una década incumpliendo las normas de incompatibilidad

 

*Declaraciones de la concejal de MC Cartagena, María José Soler

 

Según el criterio del propio Pagán, al asumir estas funciones, debió solicitar la compatibilidad y renovarla en cada legislatura, además de reclamarla para una actividad privada y no pública

Al parecer, nada de eso hizo, lo que conllevaría la devolución de su cuantioso salario percibido durante años sin reconocimiento expreso de compatibilidad

 

MC Cartagena se encuentra a la espera del resultado de la investigación municipal sobre los posibles incumplimientos de las normas de incompatibilidad por parte del director de la Asesoría Jurídica Municipal, don Francisco Pagán Martín Portugués.

Al respecto, la edil responsable de Transparencia de MC, María José Soler, ha explicado que “no tenemos constancia de que haya solicitado la compatibilidad en la actual legislatura para su actividad docente en un centro privado, tampoco desde hace años, por lo que esperamos que la Secretaría General resuelva estas dudas”.

Del mismo modo, Soler ha añadido que “hay un informe del propio Pagán, de 4 de enero de 2018, sobre las normas de compatibilidad, y su criterio es que debe pedirse cada vez que se cambia de funciones y en cada legislatura. Y al parecer, él no lo ha hecho”.

 

Posibles consecuencias legales y económicas

En este sentido, la concejal cartagenerista ha informado de que “en función del resultado del informe no descartamos que proceda un expediente disciplinario a este cargo directivo, con importantes consecuencias legales y económicas para éste”.

Cabe recordar que, según el criterio de Pagán en el informe de enero de 2018, podría resultar de aplicación lo establecido en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local y si se acredita el incumplimiento acarrear una sanción, que podría suponer la devolución de su cuantioso salario desde hace años.

Así, como el propio Pagán ha afirmado, este precepto “recoge la obligación de indemnizar a la corporación local por parte de las autoridades y funcionarios públicos que, por dolo o culpa o negligencia, adopten resoluciones o realicen actos con infracción de las disposiciones legales, y que causen daños o perjuicios que sean consecuencia de aquéllos”

Por último, María José Soler ha subrayado que “estamos ante una nueva versión del cazador-cazado, y es que quien se aventuró sin ser competente a informar en contra de José López, sin prueba alguna al respecto como consta en el expediente, resulta que podría estar incumpliendo todos los requisitos legales y económicos para mantener una actividad en el sector privado. Alguien que buscando la paja en el ojo ajeno fue incapaz de ver la viga en el propio”.

 

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