Que hemos tenido conocimiento de que el pasado mes de febrero de 2014 el Juzgado de lo Contencioso nº 1 de Cartagena, en Sentencia nº 45/2014 ha anulado la aprobación definitiva del proyecto de reparcelación del CC1, cuya UTE URBANIZADORA, según consta en la documentación, dirige D. AGUSTÍN ALONSO CONESA.
Se trata de una demanda interpuesta por un propietario de terrenos en el CC1 contra el Ayuntamiento por la referida aprobación, de 20 de febrero de 2009, y en ella alegaba que había existido una tramitación irregular, en la que la UTE CC1 había alcanzado un acuerdo con el consistorio que de hecho suponía un beneficio importante para la UTE, que veía como obtenía condiciones privilegiadas para el suelo que le correspondía destinado a vivienda de protección oficial, así como beneficios en la cesión de terrenos por parte del resto de propietarios, e igualmente el Ayuntamiento debía percibir unos 10 millones de euros de éstos, de tal manera que la aprobación suponía, en términos coloquiales, cargar sobre estos propietarios los beneficios que habían acordado obtener la UTE y el Ayuntamiento según su acuerdo.
Asimismo, se recogía en la demanda que el Ayuntamiento había modificado los criterios técnicos de valoración del suelo de forma extemporánea e ilegal, modificación que llevaba a incrementar los perjuicios referidos al resto de propietarios.
Pues bien, precisamente esto último es lo que la Sentencia acoge para estimar el recurso y anular la aprobación del proyecto, considerando que esta actuación municipal, con quien coadyuva la UTE CC1 en este procedimiento, no se ajusta a la legalidad y afecta a los derechos de los afectados, como el recurrente, que ya manifestó en su demanda que lo que hizo el Ayuntamiento fue “cambiar las reglas del juego una vez iniciado el partido”.
Consideramos de interés esta Sentencia por cuanto abunda en la simbiosis entre el consistorio y empresas vinculadas a los hermanos Alonso, y además lo hace anulando la actuación municipal por no ser ajustada a derecho.